Transparencia y participación ciudadana
Gestión privada de recaudación de tributos municipales, gestión privada aparcamientos públicos subterráneos, gestión privada de zona azul, gestión privada de recogida de residuos, gestión privada de los parques y zonas verdes fuera de rondas, gestión privada del servicio de alumbrado público, gestión privada del servicio de aguas y alcantarilladlo. Casi la totalidad de los servicios que se prestan en la ciudad dirigidos al ciudadano lo realizan empresas privadas y en muchos casos con contratos de gestión de veinticinco años.
Hasta hace poco los vecinos, como electores, podían decidir con su voto la elección de su alcalde en función de cómo percibían la administración local y la forma de gestión de los servicios municipales.
Hoy en día en el Ayuntamiento de Ciudad Real, como en la mayoría de ayuntamientos, después de los diversos procesos de adjudicación a largo plazo, mediante concesión a una empresa privada, es difícil valorar a un alcalde y a su equipo de gobierno por el resultado de los servicios que presta el Ayuntamiento a sus ciudadanos. Si un contrato se adjudica por un periodo de 25 años será el pliego de condiciones quien marque las relaciones entre la empresa gestora y el Ayuntamiento. Poco podrán decir los vecinos al respecto. Si el votante o elector no ha estado de acuerdo con la decisión de la privatización lo podrá manifestar en la primera elección municipal, negando el voto a quien realizo la adjudicación, pero se tendrá que resignar los próximos veinticinco años porque en la sucesivas elecciones su voto ya no servirá para nada en relación al modelo y forma de gestión de ese servicio. En las sucesivas legislaturas ya no se podrá valorar al equipo de gobierno y al alcalde por la forma de gestión del servicio si no por la forma de gestión del pliego.
El contrato de adjudicación puede ser más o menos intenso y eficaz en la fiscalización a la empresa estableciendo sanciones a la gestión inadecuada pero lo que no contiene ningún pliego es la penalización a la empresa cuando el ciudadano percibe que la calidad en la prestación del servicio no es la adecuada. La valoración del contrato de gestión nunca se hace pública. Es más, en muchas ocasiones la valoración la realiza el político y no el técnico. Por otro lado los contratos al datar de distintas épocas y haber sido otorgados por distintos actos administrativos, ajenos a los gestores de legislaturas posteriores, impiden una evaluación continua. A veces incluso se produce un mimetismo entre la empresa concesionaria, que pervive en el tiempo, y los concejales o alcaldes interinos que van pasando durante la duración de su contrato.
Algo que deberían de tener en común todos los contratos del Ayuntamiento es la forma en la fiscalización del servicio y algo que debería de hacer el Ayuntamiento con todos los contratos es publicar anualmente los resultados de su evaluación en aras a la transparencia. Los contratos del Ayuntamiento para la prestación de servicios al ciudadano por parte de las empresas privadas deberían de someterse anualmente a distintas auditorias: Económicas, de gestión del servicio y de percepción de la calidad por parte del ciudadano.
Auditorias económicas externas porque resulta fundamental para la transparencia y buen gobierno evaluar anualmente el resultado económico de la explotación del servicio y que el ciudadano conozca la relación entre sus impuestos y el beneficio de la empresa concesionaria.
Auditorías internas sobre la gestión, realizadas por los técnicos municipales, porque es necesario conocer cómo se han ejecutado las funciones encomendadas a la empresa: Mantenimientos, reposiciones, arreglos. Etc. Quien mejor que los técnicos municipales, de manera reglada y con un procedimiento, para saber por ejemplo si se han respuesta todos los arbustos, todas las luminarias o si no ha dejado un socavón la empresa de aguas.
Pero si algo es fundamental políticamente para la gestión del contrato es la evaluación de la empresa directamente por los ciudadanos que reciben los servicios. Anualmente y por institutos independientes se debe de valorar la percepción que tienen de la calidad en la prestación quienes reciben el servicio, que no es el ayuntamiento como institución, sino los vecinos.
Desde la Institución municipal debería de establecerse un protocolo que recoja la forma de evaluación de las empresas concesionarias. Igualmente se debe de demandar de todas las contratistas que se adhieran a dicho protocolo de buenas prácticas y anualmente publicar en la página web y en boletines informativos el resultado de dichas Auditorias. Ya que se hurta al ciudadano del derecho a decidir debe facilitarse mediante información el resultado de la gestión.